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Usuarios de ANDA no cancelarán mora por incumplimiento de pagos

Con 67 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la Ley Transitoria para la Condonación de intereses Moratorios y Recargos por Incumplimiento del Pago por Deudas Provenientes del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Prestado por la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA).

El objetivo de la normativa es exonerar de intereses moratorios y recargos por incumplimiento a los usuarios que se han retrasado en cancelar los servicios que brinda la autónoma.

Quienes podrán acceder a este beneficio son las personas naturales o jurídicas, las alcaldías y las dependencias del Gobierno. También los usuarios a los que se les haya aplicado recargos por incumplimientos por pagos extemporáneos, luego de vencida su factura y el interés moratorio aplicado a una deuda no satisfecha, por retraso de más de 61 días en el pago.

Además, las personas o instituciones que se quieran adherir a la normativa, y que tengan planes de pago existentes antes de la entrada en vigencia de la presente ley, podrán pedir su terminación y acceder a uno nuevo.

Según un acuerdo Ejecutivo de 2009, en caso de pago extemporáneo los recargos serán los siguientes:  los usuarios con servicio de tipo residencial y que su consumo no exceda de 20 m3, pagarán un recargo de $1.14; si su consumo mensual es mayor a 20 m3, pagarán un recargo del 10 %.