El Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró improcedente la solicitud del delegado especial del partido político en organización Fuerza Solidaria de reconocimiento al nombramiento de los miembros de su Comisión Electoral Permanente.
La explicación del TSE, según la resolución divulgada por el diputado Guillermo Gallegos, es que el partido en organización «no ha sido inscrito» y «todavía no se le ha otorgado su personalidad jurídica»; y que el órgano de dirección provisional está habilitado para tomar decisiones «relacionadas únicamente con la ejecución de los actos encaminados a obtener la inscripción del partido político en organización».
El TSE añade que es el acto de inscripción en el registro de partidos políticos «el que le otorga personalidad jurídica al partido político».

Declárase improcedente la petición del Manuel Rigoberto Soto Lazo, delegado especial del partido político Fuerza Solidaria en organización, se tenga por nombrados a los miembros de la Comisión Electoral que han sido designados y se inscriban en representación de ese partido político». Resolución del TSE, del 8 de marzo.
El diputado Guillermo Gallegos, dirigente de Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), publicó la resolución del TSE y aseguró que «lamentablemente el partido en formación fuerza solidaria (sic) no logró inscribirse a tiempo para participar en las elecciones de 2024, ya que el último día para ser autorizado era el 5 de marzo».






