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Reformas al Código Penal elevan hasta 20 años de cárcel el delito de fraude electoral

Con el objeto de garantizarle a los salvadoreños que habitan dentro y fuera del país el libre derecho a ejercer su al voto para elegir a las autoridades de los órganos Ejecutivo, Legislativo y los Concejos Municipales, los diputados reformaron el Código Penal para incrementar los castigos a quienes manipulen, alteren u obstaculicen el ejercicio del sufragio, los procesos de elección popular y el sistema de recolección de los votos en sus diferentes modalidades.

Específicamente, los legisladores cambiaron el artículo 295 del Código Penal para castigar con prisión de 10 a 15 años a quienes obstaculicen la elaboración del registro electoral, el libre ejercicio del voto o el escrutinio. También incluyeron en el delito de fraude electoral a las personas que dificulten la inscripción de candidaturas que cumplan requisitos establecidos en las leyes.

Asimismo, establecieron castigos de entre 15 y 20 años de reclusión para quienes cometan casos especiales de fraude electoral; es decir par quienes colaboren o conspiren para que otra persona acceda al sistema informático para alterarlo o manipule el funcionamiento de las plataformas de votación, facilitando la destrucción, modificación o alteración de información o el bloqueo de programas.

Si el delito fuese cometido por un funcionario, mediante amenazas o engaños, se aumentaría en una tercera parte de la pena máxima. En tanto, si quien comete el delito es miembro de una pandilla, la sanción será de 20 a 30 años de prisión. Y si una persona es incitada a cometer estos delitos y no informa a las autoridades incurrirá en el delito de comisión por omisión.

Con las reformas a la normativa los diputados reafirmaron su compromiso por garantizar el libre ejercicio del voto a los salvadoreños, incluyendo los que a los que residen en el extranjero.