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Quincena 25 se pagará de forma proporcional a quienes no completen un año laboral

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) precisó que los empleados que no hayan cumplido un año de servicio continuo con su actual patrono no recibirán el 50 % completo de su salario como parte de la denominada quincena 25, sino un monto proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

El ministro de Trabajo, Rolando Castro, explicó que el criterio adoptado para esta prestación extraordinaria replica el mecanismo de cálculo del aguinaldo en el sector privado. De acuerdo con la normativa, la quincena 25 corresponde al 50 % del salario nominal mensual para los trabajadores que perciben ingresos iguales o inferiores a $1,500, siempre bajo el principio de proporcionalidad cuando no se ha completado un año laboral.

“El método es exactamente el mismo que se utiliza para el aguinaldo. Si no se ha cumplido el año, el pago se ajusta de forma proporcional al tiempo laborado”, afirmó el funcionario durante una entrevista televisiva.

La iniciativa está contenida en la Especial Ley Quincena Veinticinco, cuyo objetivo es brindar un alivio económico a los trabajadores durante el mes de enero. La normativa establece que los empleadores deben otorgar este pago adicional entre el 15 y el 25 de enero de cada año, sin que el monto esté sujeto a retenciones ni pueda ser embargado.

Para 2026, la aplicación de la medida será obligatoria únicamente para las instituciones del sector público. En el caso del sector privado, la obligatoriedad entrará en vigencia en 2027. No obstante, las empresas que decidan adelantar el beneficio durante 2026 podrán acogerse a una exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente a ese ejercicio fiscal.

Aplicación del criterio legal

La legislación establece que los trabajadores con menos de un año de servicio tienen derecho a recibir prestaciones de forma proporcional. En el caso del aguinaldo, el artículo 197 del Código de Trabajo indica que el pago debe calcularse según el tiempo efectivamente laborado, criterio que ahora se extiende a la quincena 25.

Por ejemplo, un trabajador que devenga el salario mínimo de $408.80 y que haya iniciado labores el 1 de diciembre de 2025 acumularía 46 días trabajados hasta el 15 de enero de 2026. Si hubiera completado un año, el monto de la quincena sería de $204.40, equivalente al 50 % del salario mensual. Sin embargo, al no cumplir el año, esa cantidad se divide entre 365 días y se multiplica por los días laborados, resultando un pago proporcional de $25.76.

Consultado sobre si la exoneración del ISR se mantendrá en 2027, el ministro Castro indicó que la medida fiscal responde a decisiones presupuestarias del Estado para el año en curso. Añadió que, a partir de 2027, las empresas deberán incorporar este pago en su planificación financiera, ya que la quincena 25 pasará a considerarse una prestación permanente.

Hasta el momento, el Gobierno no ha detallado la fecha exacta ni la modalidad en la que se realizará el desembolso de este beneficio para los empleados públicos.

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