La Asamblea Legislativa aprobó con 57 votos a favor una reforma al Código Procesal Penal que otorga a los jueces la facultad de modificar el plazo máximo de la detención provisional, con el fin de evitar que personas acusadas de delitos evadan la justicia mediante prácticas dilatorias.
La modificación responde a la preocupación de que, actualmente, algunos defensores recurren a maniobras legales para agotar el plazo de detención provisional, lo que dificulta que el proceso judicial avance de manera efectiva. Con la reforma, la detención o internamiento provisional deberá ser proporcional a la pena o medida de seguridad, sin exceder la pena máxima prevista por la ley, ni el plazo de 12 meses para delitos menos graves o de 24 meses para delitos graves.
No obstante, la nueva norma establece excepciones a esta regla en casos relacionados con peritajes, pericias complejas, conflictos de competencia, asistencia legal, y situaciones en las que se encuentren en proceso trámites de extracción activa o pasiva.
Además, la reforma introduce un mecanismo en el que el juez podrá descontar el tiempo acumulado por prácticas dilatorias, litigación temeraria, o incidentes procesales infundados al momento de establecer el plazo para la sesión de la medida cautelar, garantizando que las maniobras que retrasen el proceso no beneficien al acusado.
Con esta medida, se espera agilizar los procesos judiciales y mejorar la administración de justicia, evitando que los plazos establecidos para la detención provisional sean utilizados de forma inapropiada.