El Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) asumirá el pago de los gastos funerarios de los pensionados tanto del sistema público como del sistema privado, según informó el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) en un comunicado emitido el 9 de enero. Esta medida abarca a los «cotizantes activos del sector público/privado» y pensionados, quienes recibirán el beneficio denominado «auxilio de sepelio.»
El ISP, que reemplazó al Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), tiene nuevas responsabilidades, entre ellas, la aprobación de Certificados de Obligaciones Previsionales (COP) adquiridos por las Administradoras de Fondos para Pensiones (AFP) para financiar las obligaciones previsionales.
Hasta el año pasado, la prestación para los gastos funerarios estaba incluida en el artículo 216 de la derogada Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP), la cual establecía que los pensionados que fallecieran recibirían el auxilio a través del régimen de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales administrado por el ISSS. A pesar de la derogación, la prestación sigue vigente en la Ley del ISSS, específicamente en su artículo 66, que garantiza una «cuota única para gastos de sepelio» para los deudos de los asegurados y pensionados.
Sin embargo, expertos consultados señalan que la ley del ISSS solo cubre a los beneficiarios del ISSS, lo que podría generar dudas sobre su aplicación para los pensionados del sistema privado (AFP). Según Patricio Pineda, de la Mesa por una Pensión Digna, el beneficio se fundamenta en una reforma al INPEP (Decreto 696 de 2020), que menciona el artículo 66 del ISSS, asegurando la cobertura para los pensionados de las AFP.
Pineda también indicó que el ISP podría utilizar los fondos de la «Cuenta de Garantía Solidaria» (CGS) para cubrir este beneficio. La CGS financia pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia cuando los ahorros en el Fondo de Pensiones se agotan. Este fondo proviene de las cotizaciones de los empleadores y de las cotizaciones especiales de los pensionados, y en caso de insuficiencia, el Estado deberá intervenir según lo estipulado en el artículo 50 de la Constitución de la República.
Aunque aún no se sabe con certeza cuánto dinero tiene la CGS, se estima que, según análisis actuarial, el fondo podría rondar los $2,500 millones, aunque esta información permanece bajo reserva.