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Comisión avala ratificar cadena perpetua

La Comisión Política de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable para ratificar la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República, con la que se habilitaría la pena de cadena perpetua para personas condenadas por delitos graves como homicidio, violación y terrorismo, como parte de un paquete de reformas orientadas a endurecer las sanciones penales en el país.

La reforma constitucional fue aprobada en primera vuelta el pasado 17 de marzo con 59 votos, sin embargo, para que entre en vigencia debe ser ratificada por las tres cuartas partes de los diputados de la Asamblea Legislativa, tal como lo establece el procedimiento de modificación constitucional.

Previo a la emisión del dictamen, la Comisión Política desarrolló cuatro sesiones de trabajo en las que los legisladores analizaron la propuesta y escucharon opiniones técnicas de representantes del Gabinete de Seguridad, de la Fiscalía General de la República, de la Sala de lo Penal y de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. Según el informe presentado, todas las instituciones consultadas recomendaron continuar con el proceso de ratificación de la enmienda constitucional.

Reformas para hacer efectiva la cadena perpetua

Para que la prisión perpetua pueda aplicarse, los diputados también deben reformar cuatro normativas secundarias: el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y la Ley Penal Juvenil.

Antes de aprobar el dictamen, el diputado Caleb Navarro solicitó modificar el texto de la reforma al Código Penal, específicamente en los artículos 66 y 68, con el fin de ampliar el alcance de las sanciones.

La propuesta incorpora un inciso final al artículo 66 para que los cómplices en delitos castigados con prisión perpetua reciban la misma pena que los autores del hecho.

En el caso del artículo 68, se establece que cuando se trate de delitos tentados cuya sanción sea cadena perpetua, la pena se fijará desde la mitad del plazo hasta el periodo previsto para la primera revisión de la condena.

Asimismo, se propuso que todas las reformas entren en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.

Cambios al Código Penal y otras leyes

Dentro de las modificaciones planteadas al Código Penal se propone reformar al menos 10 artículos, entre ellos el 128, 129, 158, 159 y 162, para imponer prisión perpetua en delitos como homicidio simple, homicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz y agresión sexual agravada.

También se incorpora el artículo 85-A, el cual establece que en casos de prisión perpetua podrá otorgarse libertad controlada una vez cumplido el plazo definido según el delito cometido.

Los nuevos artículos 92-B y 92-C regulan la revisión obligatoria de la pena, la cual se realizaría después de 25 años si el delito fue cometido por un menor de edad, 30 años cuando se trate de un solo delito, 35 años en caso de múltiples delitos y hasta 40 años cuando existan agravantes o se determine extrema gravedad.

Además, se añade el artículo 344-A para imponer prisión perpetua a miembros de organizaciones terroristas, incluyendo estructuras de pandillas, como parte de las medidas para reforzar el combate a la criminalidad organizada.

Con el dictamen favorable emitido por la Comisión Política, la reforma queda lista para ser sometida a votación en el pleno legislativo, donde deberá alcanzar la mayoría calificada requerida para su ratificación definitiva.

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